La Dra. Sara Baz y el Dr. Alberto Soto explican que la política cultural vigente no contempla un programa de adquisiciones para el sector cultural público.
Diversas personalidades del mundo político y cultural, principalmente, han asumido posturas frente al anuncio de la venta de Citibanamex dado a conocer el pasado 11 de enero.
El revuelo y la preocupación se han centrado en si los activos financieros y la marca quedarán en manos nacionales, pero también en el destino de los bienes culturales que integran las colecciones que se encuentran asociadas al mencionado banco.
A través de Fomento Cultural Banamex se ha impulsado el arte popular y se ha apoyado su reconocimiento a través del coleccionismo, su exhibición y divulgación editorial. Desde el ahora llamado Museo Palacio de Valparaíso, así como desde otros inmuebles en el interior del país, Citibanamex promueve diversas colecciones que contienen obras pictóricas, escultóricas, mobiliario y otros objetos culturales que provienen del ámbito novohispano, decimonónico y del siglo XX.
En días recientes, periodistas y comunicadores han preguntado tanto a especialistas del medio museístico nacional, como a académicos de diversas instituciones, de qué manera se verán afectadas las colecciones de arte mexicano pertenecientes o asociadas a Citibanamex.
Las diversas preocupaciones se han construido sobre varias premisas, muchas de ellas en el pleno desconocimiento de lo que implican las colecciones, la administración cultural, las leyes nacionales, las políticas culturales, etcétera. El canciller Marcelo Ebrard Casaubón dejó en claro que el Estado mexicano estará atento a la venta de la colección, misma que no debería desmembrarse ni salir del país. Más aún, el secretario de Relaciones Exteriores mencionó que la colección debería ser propiedad de México, a manera de “[…] retribución al enorme e injusto apoyo que hemos dado los contribuyentes con los cuantiosos pagos anuales para cubrir los pagarés IPAB, mejor conocidos por FOBAPROA”.
El canciller Ebrard Casaubón, al igual que otros actores políticos, han generado revuelo al proponer que el Estado asuma el control de los bienes culturales, sin mayor reconocimiento del estatuto jurídico de los mismos, como tampoco sin reflexión sobre el estado actual de la administración cultural, independientemente de que exista una buena intención y aprecio por la herencia artística nacional.
Algunas de las preguntas que ha planteado la prensa a los distintos actores culturales son las siguientes:
¿Los bancos compran arte?
Algunos bancos lo hacen por convenir a distintos objetivos, ya sea de compromiso social o bien por el prestigio que adquieren al asociar a ciertos artistas u obras al nombre comercial. Pero la mayoría de los bancos más antiguos a nivel mundial han conformado colecciones a partir de créditos, por cesiones de sus socios o por otros mecanismos fundamentalmente financieros.
No todo lo que se muestra en un espacio expositivo perteneciente o administrado por un banco es propiedad del mismo. Es un uso común la práctica del comodato de obra por convenir así a las diferentes partes y frente al público no se aclara necesariamente cuál es el régimen de cada pieza.
¿Las obras de colecciones bancarias pueden venderse?
Los objetos artísticos en manos de particulares pueden venderse en conjunto o por separado, ya que se trata de bienes muebles privados. En todo caso, la venta tendría que garantizar la legítima propiedad y asegurar que las características que se enuncian (autoría, originalidad, estado de conservación, etcétera) son reales.
Sin embargo, existe un tipo de obra que, por ley, tiene restricciones al ser considerada parte del patrimonio nacional, ya sea por su origen o por su creador. Las restricciones para la venta y movilidad de obras patrimoniales están señaladas en la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su reglamento. Esta ley prescribe que todo particular puede poseer una obra patrimonial, pero tiene la obligación de registrarla y de realizar las acciones que el Estado solicita a través de instancias plenamente manifiestas como son el INBAL y el INAH.
Lo anterior significa que los artistas y obras declarados como patrimoniales por decreto presidencial, se encuentran protegidos y los bienes culturales no pueden salir de manera permanente del país. Es obligación del banco transmitir al adquirente de dichos bienes las responsabilidades que adquiere sobre bienes protegidos por la ley y avisar al Estado del nuevo propietario y/o administrador.
La importancia de las colecciones asociadas a Citibanamex
Las colecciones de Citibanamex pueden tener parangón con otras particulares y con algunas públicas, sin embargo, cada una de ellas cuenta con una identidad y un dinamismo que le son propios. En el caso de Citibanamex, los bienes que componen las colecciones proporcionan un espectro muy amplio en términos de temporalidad, calidad y nombres de creadores; asimismo, la calidad de varias piezas y su particularidad, contribuyen a convertirla en una cantera para abundar en especificidades. Cada obra es única, incomparable e importante.
El valor monetario
Las obras artísticas tienen al menos dos valores que se manifiestan en numerario. Uno de ellos es su valor comercial y otro representa el valor de aseguramiento y resguardo. No existe información pública del valor de los bienes de las colecciones que integran los patrimonios del Estado o de los particulares. Según lo declarado por Alberto Gómez Alcalá, director ejecutivo de Estudios Económicos y Comunicación del Grupo Financiero Banamex-Citigroup, la colección se estima “invaluable” por su importancia a nivel patrimonial, pero también porque el propio grupo no cuenta con un avalúo total.[1] Desafortunadamente, los expertos que colaboramos en universidades públicas y privadas, somos en escasas ocasiones convocados por las colecciones para brindarles una metodología para la obtención de estos valores y en ocasiones los precios calculados se hacen desde la especulación y el desconocimiento.
El riesgo de la dispersión
El coleccionismo es en sí una actividad que promueve la dispersión de las obras de un artista o de un momento. Los museos y otros espacios contienen objetos que han llegado a sus bodegas y salas a partir de adquisiciones, donaciones, adjudicaciones y sucesos. Si bien, los directivos de Citibanamex afirman que sus activos en términos culturales son indivisibles con relación a la puesta en venta del resto del corporativo y que “nada se venderá por partes”, esto se refiere a la transacción en general pero no obliga al nuevo propietario a resguardarlas como una entidad sin posibilidad de partición.
Incluso si el Estado adquiere las colecciones, sería impensable que las mantuviera dentro de un mismo acervo. La política cultural vigente no contempla un programa de adquisiciones para el sector cultural público y tampoco cuenta con suficientes presupuestos en las instancias culturales para la administración, gestión, difusión conservación y salvaguarda del patrimonio en cuestión.
Dra. Sara Gabriela Baz Sánchez / Dr. Alberto Soto Cortés, Departamento de Arte, Universidad Iberoamericana Ciudad de México
[1] “A la pregunta sobre el valor monetario de la totalidad o por separado del patrimonio cultural en venta, Gómez Alcalá respondió: ‘nos gusta decir que nuestro patrimonio cultural es invaluable y es la respuesta que les puedo dar, no importa el número en pesos (…) no tenemos un avalúo como tal de la colección. Por supuesto que la tenemos asegurada y hay documentos que amparan, que no es información pública’”. (https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Citibanamex-confia-en-que-el-comprador-no-desintegre-las-colecciones-de-arte-20220114-0010.html)